La Secretaría de Salud ha sido notificada de 102 contratos de maternidad subrogada.
En México, la gestación subrogada ha sido regulada de forma especifica únicamente en dos estados, siendo Sinaloa y Tabasco quienes contemplan esta figura en sus códigos.
Actualmente, la Secretaría de Salud de Sinaloa ha sido notificada de 102 contratos de maternidad subrogada, lo anterior, desde el periodo de enero de 2017 a la fecha, luego de que el Congreso del Estado de Sinaloa contemplara en el Capítulo V. De la Reproducción Humana Asistida y la Gestación Subrogada de los artículos 282 al 297.
De conformidad al artículo 293 del código familiar del Estado de Sinaloa, que dice: “Una vez que sea suscrito el instrumento, deberá ser notificado en sus efectos a la Secretaría de Salud y al oficial de registro civil, para que el estado de la persona menor nacida mediante esta práctica, sea contemplado en su filiación como hijo desde el momento de la fecundación de sus progenitores biológicos, es decir, madre y padre o madre subrogados”.
¿Cómo es el proceso de subrogación?
El médico especialista en ginecología y obstetricia, Jesús Antonio López Navarrete, explicó que la gestación subrogada es un proceso por el cual una mujer lleva en su vientre a un bebé que se formó de un embrión con espermatozoides donados. La edad de las madres gestantes debe oscilar entre los 25 y 35 años de edad y se establecen prohibiciones de adicciones.
Lo anterior, se da una vez que se realiza un historial clínico donde se constate que la paciente interesada en tener hijos no puede ser mamá biológica y que por ello tuvo que recurrir a la contratación de un vientre.
“Lo consideramos en la actualidad como una técnica más de reproducción asistida y una técnica que nos ayuda a resolver todas las demás problemáticas, porque todas esas pacientes desahuciadas que ya no les funcionaron los in vitro, las inseminaciones, no puede adoptar un bebé, no tienen matriz y tienen el deseo de tener un bebé, a través de esta Ley podemos ayudarles”, dijo.
Puntualizó que, los padres potenciales trabajarán con un notario y abogado para redactar su contrato de subrogación mientras que la madre subrogada trabaja con su propio abogado. Además la Ley establece que los padres potenciales deberán costear todos los gastos médicos de la mamá gestante, acompañada de terapia psicológica, todo esto hasta que dé a luz y pase la respectiva cuarentena.
Los contratos notificados son de la siguiente manera:
2017- 17 contratos
2018- 3 contratos
2019- 8 contratos
2020- 1 contrato
2021- 5 contratos
2022- 2 contratos
2023- 48 contratos
2024- 17 contratos (hasta el momento).
Culiacán, Sin., 23 de agosto del 2024.